viernes,agosto 28,2026

Juez podrá ordenar embargo de hasta 10% del ahorro en AFORE por pensión alimenticia

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Ciudad de México.– Una resolución judicial en México ha abierto la posibilidad de que jueces ordenen el embargo de hasta el 10 por ciento de los recursos acumulados en las cuentas de ahorro para el retiro (AFORE), pero únicamente en casos relacionados con el incumplimiento de pensiones alimenticias.



El criterio, respaldado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), establece que esta medida podrá aplicarse de manera excepcional cuando se acredite que el deudor alimentario ha dejado de cumplir con su obligación y no cuenta con otros bienes o ingresos suficientes para garantizar el sustento de sus dependientes.

 

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De acuerdo con lo determinado, el embargo no es generalizado ni automático, ya que deberá existir una orden judicial y un análisis previo de cada caso. Además, el monto a retener estará limitado a un máximo del 10 por ciento de los recursos en la cuenta individual del trabajador.



Especialistas señalan que esta medida busca priorizar el interés superior de niñas, niños y adolescentes, garantizando su derecho a recibir alimentos, incluso cuando el deudor se encuentra desempleado o en situación económica complicada.



No obstante, se aclaró que esta disposición no aplica para otro tipo de deudas, como créditos bancarios o préstamos personales, por lo que el ahorro en AFORE continúa siendo, en términos generales, un recurso protegido.

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Con esta decisión, el máximo tribunal del país refuerza el principio de protección a los derechos de los menores, al tiempo que establece límites claros para el uso de los recursos destinados al retiro.