La Comisión Nacional de procesos Electorales del PAN notificó al partido en Puebla que el listado nominal no puede ser modificado de forma previa a la celebración de la jornada electoral, salvo por mandato judicial.
En días pasados, la dirigencia estatal de ese partido que encabeza Augusta Díaz de Rivera y Marcos Castro, pidieron al partido, evaluara la participación de algunos integrantes del consejo, y en su caso, no les permitieran votar el 15 de diciembre, día de la elección de la nueva dirigencia.
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Lo anterior bajo la premisa que acumularon las inasistencias en sesiones, por lo que no debían votar por alguna de las dos planillas participantes: Felipe Velázquez o Mario Riestra.
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Este 30 de noviembre, la Comisión Nacional de Procesos Electorales del PAN respondió que era inviable.
Acuerdos:
PRIMERO. El listado nominal oportunamente emitido por el RNM para el proceso electoral partidista en curso relativo a la renovación de la Presidencia, Secretaria General e integrantes del CDE, no puede ser modificado de forma previa a la celebración de la jornada electoral, salo por mandato judicial.
Segundo: El ejercicio de facultades de la Presidencia del CDE en cuanto a nombrar personas coordinadoras que integrarán de forma exoficio el Consejo Estatal la determinación de dar de baja por faltas a integrantes de órgano partidista referido en último término, no es susceptible de afectar o modificar el listado nominal al que se ha hecho referencia en el punto de acuerdo inmediato anterior.
Tercero: Se instruye a la Secretaria Ejecutiva de esta CNPE, notificar el presente acuerdo a la Secretaria General del CEN, al CDE, al RNM y a la CEPE
Asi lo acordó la Comisión Nacional de Procesos Electorales del Partido Acción Nacional por mayoria de votos, con el voto en contra del Comisionado Presidente, quien emite voto particular, a los treinta dias del mes de noviembre de dos mil veinticuatro.

