La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que el estado de Hidalgo pueda declarar a la charrería como patrimonio cultural inmaterial de la entidad, al determinar que el Congreso local actuó dentro de sus facultades constitucionales.
Con esta resolución, el máximo tribunal del país validó la competencia de las legislaturas estatales para reconocer y proteger manifestaciones culturales propias de su territorio, siempre que no invadan atribuciones exclusivas de la Federación.
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La controversia giraba en torno a si la declaratoria correspondía únicamente al ámbito federal. Sin embargo, la Corte distinguió entre patrimonio cultural material —como zonas arqueológicas o monumentos históricos— y patrimonio cultural inmaterial, que incluye tradiciones, prácticas, expresiones y saberes transmitidos de generación en generación.
En su análisis, la SCJN consideró que la charrería constituye una manifestación cultural arraigada en la identidad regional y nacional, por lo que su reconocimiento a nivel estatal no contraviene el marco constitucional.
La decisión sienta un precedente relevante para que otras entidades federativas puedan emitir declaratorias similares sobre expresiones culturales locales, fortaleciendo los mecanismos de preservación y promoción del patrimonio intangible en México.
La charrería, considerada el “deporte nacional”, integra suertes ecuestres, vestimenta tradicional y música mexicana, elementos que forman parte del legado cultural del país.

